Bases para regir el proceso de participación de consulta popular del 2022 para los presupuestos participativos del periodo bianual 2023 – 2024

Introducción

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, a través del área de Participación Ciudadana, en su compromiso de incrementar la colaboración y la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones sobre la gestión municipal, viene trabajando para que vecinas y vecinos de este municipio puedan dar a conocer su opinión sobre las políticas y proyectos más importantes de esta institución y tengan capacidad de decisión sobre ellos. En este sentido, tras las experiencias de las cinco ediciones previas de las que se han extraído aprendizajes compartidos con la ciudadanía y asociaciones vecinales, el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, en su potestad de consultar a vecinas y vecinos sobre cualquier cuestión de interés local, con la finalidad de solicitar su opinión y garantizar su participación efectiva en los asuntos públicos sigue apostando por poner en marcha mecanismos de democracia participativa, tales como los Presupuestos Participativos, principalmente en materia de Inversiones. Esta convocatoria tiene como referencia la Ordenanza de Transparencia y Participación Ciudadana, aprobada en Pleno Municipal el 4 de diciembre de 2017, que establece en su artículo 54.2. “La finalidad de estos procesos es que la asignación de gasto por parte del Ayuntamiento se haga teniendo en cuenta las prioridades manifestadas en un proceso participativo en el que se hayan oído previamente las opiniones, criterios y sensibilidades de la ciudadanía”.

Este precepto normativo es fiel reflejo del compromiso del equipo de gobierno municipal en la búsqueda de soluciones con la ciudadanía a los retos de nuestro municipio contando con un innovador sistema de participación, pero también garantista que asisten a todos los vecinos y vecinas mayores de 16 de edad que están empadronados/as en cualquier parte del territorio (casco urbano, urbanizaciones o partidas y diseminados). Se ha tomado la decisión de una convocatoria bianual (2023-2024) que permita implicarse, en el destino de 560.000,00 €, a través de la propuesta vecinal, viabilidad técnica y votación de los proyectos, principalmente de inversión en los diferentes urbanizaciones, partidas o diseminados y casco urbano del municipio de Riba-roja de Túria.

Sobre el calendario, la posibilidad de activar con antelación el proceso de Presupuestos Participativos, permite dar más amplitud temporal a cada una de fases del proceso, atendiendo a que los resultados del mismo puedan incorporarse al ciclo presupuestario del año de inicio de ejecución de los proyectos seleccionados por la ciudadanía, que en esta edición bianual es para el año 2023 y 2024.

Los presupuestos participativos atienden a los principios de transparencia, publicidad, claridad, acceso a la información, neutralidad institucional, primacía del interés colectivo, diversidad, debate público, igualdad y no discriminación, inclusión, eficiencia, protección de los datos de carácter personal y rendición de cuentas. Estos principios constituyen obligaciones para el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria y derechos y garantías para las vecinas y vecinos que participen en el proceso de presupuestos participativos.

Es importante señalar que el presente proceso de presupuestos participativos se ha ido construyendo en los últimos años desde el diálogo consensuado de la administración municipal con los diferentes consejos sectoriales, en especial el territorial, muy interesado en corregir las desigualdades territoriales y dotar de mayores servicios e inversiones a todos los territorios del municipio. Lo que favorece su protagonismo en la toma de decisiones sobre su entorno directo y promueve la modernización de la gestión pública y refuerza el binomio Ayuntamiento – Sociedad Civil. El proceso en sí mismo es una oportunidad de aprendizaje compartido entre el Ayuntamiento, los consejos sectoriales y el resto de vecinos/as.

Por último, la característica multidimensional del Presupuesto Participativo de Riba-roja de Túria es particularmente importante para centrarse en un nuevo enfoque transversal que acelere la transformación hacia el logro de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible. Es por ello que desde el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria pensamos que esta edición de los presupuestos participativos puede ser un conector inteligente de las metas y objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

Legislación aplicable al proceso:
  1. Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local.
  2. Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  3. Ley 8/2010, de 23 de junio, de régimen local de la Comunitat Valenciana.
  4. Ley 2/2015, de 2 de abril, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana.
  5. Código de buen gobierno de la FEMP, aprobado por unanimidad el pleno de la corporación el día 15 de diciembre del 2016.
  6. Reglamento Municipal de Transparencia y Participación ciudadana del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.
Artículo 1. El Presupuesto Participativo en Riba-roja de Túria.

Cada ejercicio, y siempre teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria dispondrá para el presupuesto del 2023 y 2024, la reserva de 280.000,00 € aprox. para cada ejercicio presupuestario (total 560.000,00 €), de parte de sus presupuestos generales para el desarrollo de los Presupuestos Participativos, crédito presupuestario que resultará afectado a la ejecución de los proyectos en los que se materialicen los mismos que resulten finalmente elegidos en votación popular.

Es un proceso que invita a participar e incorporar las propuestas y opiniones de la ciudadanía en la gestión municipal a la hora de definir el destino de una parte de los recursos públicos municipales de inversiones, en este caso, para el ejercicio presupuestario de 2023 – 2024.

Artículo 2. Calendario y fases de los Presupuestos Participativos de Inversiones.

Las fases del proceso de presupuestos participativos, en las que las vecinas y los vecinos pueden participar de diferentes maneras y con distintos grados de implicación, son las siguientes:

Fase 1: Recepción de propuestas: Del 14 al 23 de octubre, ambos inclusivos.
Fase 2: Estudio de viabilidad técnica: Del 24 de octubre al 14 de noviembre, ambos inclusivos.
Fase 3: Votación ciudadana: Del 21 al 27 de noviembre, ambos inclusivos.

En la fase 1 y 3 la hora de inicio será a las 08:00 h. AM, y la hora de cierre a las 22:00 h. PM.

Las fechas indicadas en las presentes Bases Reguladoras podrán ser modificadas por el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, mediante una comunicación previa a través de los canales municipales que figuran en el anexo I a estas bases, en caso de interés público, necesidad o circunstancias sobrevenidas.

El mecanismo establecido para llevar a término la participación es la elaboración de propuestas ciudadanas que posteriormente serán clasificadas y votadas y, en su caso, seleccionadas para su ejecución.

Artículo 3. Sobre la presentación de las propuestas en la fase 1 – Recepción de propuestas.

Cada participante podrá realizar una única propuesta en formulario, mediante la presentación por Internet y siempre a través de los medios establecidos. Por su parte el Ayuntamiento podrá introducir cuantas propuestas de mejora para la calidad de vida de la ciudadanía en la fase de votación, siempre y cuando cuente con la consulta y aprobación de los técnicos municipales.

Las propuestas ciudadanas, deberán cumplir con los siguientes criterios:

  1. Que sean acordes con la legislación vigente, en materia urbanística, obra pública y de contratación.
  2. Que estén en el marco de competencias propias del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria.
  3. Que intenten conseguir la mejora del casco urbano y del resto de las urbanizaciones.
  4. Que la inversión sea coherente con el presupuesto total destinado a cada zona.
  5. Que no suponga un incremento del presupuesto asignado ni que contemple un mantenimiento anual o plurianual.
  6. Debe primar en todo caso y bajo cualquier circunstancia el interés general. No pueden prevalecer sobre el interés general cualquier tipo de intereses particulares.
  7. No serán aceptadas las propuestas que no sean de competencia municipal, las que resulten técnicamente inviables, así como las propuestas en ejecución, ya planificadas o que comprometan el gasto del presupuesto de años posteriores.

Con carácter general las propuestas de la fase 1 deberán de ser únicas, claras y concisas. Debiendo omitirse los comentarios y opiniones con el objetivo de no distorsionar la propuesta en si misma. No se aceptarán propuestas que sean o que contengan contenidos malintencionados, exabruptos, irónicos, ofensivos o similares.

No será necesario que el ciudadano – proponente conozca el coste de su proyecto, ya que para ello se constituye un equipo técnico que estudia la viabilidad de todas las propuestas o proyectos presentados por la ciudadanía. No obstante si hay que tener en cuenta que las propuestas presentadas no podrán superar la cantidad asignada al territorio, siendo esta alrededor de 40.000 € y dependiendo de la zona de residencia.

Artículo 4. Sobre la presentación de las propuestas en la fase 2 – Estudio de viabilidad técnica.

Una vez revisadas y clasificadas las propuestas, se someterán a la evaluación de los técnicos municipales responsables de las áreas municipales afectadas, que se deberán pronunciar sobre la viabilidad de cada una de ellas, en sentido favorable o desfavorable.

Como resultado de este proceso, habrá propuestas ciudadanas que podrán ser desestimadas por no cumplir con los aspectos básicos competenciales de la Administración Local.

Todas aquellas propuestas ciudadanas de similar naturaleza y objetivos serán unificadas en una única.

Una vez declarada su viabilidad, es decir que es factible realizarlas por el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria, las propuestas estarán preparadas para la votación por parte de la ciudadanía. Dicha decisión será publicada en las redes sociales del Ayuntamiento a través de un único documento.

Las propuestas que sean declaradas inviables por parte de los técnicos municipales serán justificadas y razonadas por los mismos en el sistema informático de derivación de propuestas. Los ciudadanos/as podrán solicitar extracto o copia del motivo expresado por el técnico para su conocimiento, por registro de entrada.

Artículo 5. Sobre la asistencia técnica y votación ciudadana en la fase 3- Votación Ciudadana.

En el supuesto que se detectase alguna incidencia respecto a la fase de votación por parte de algún vecino/a y no se lograra validar el voto o diese algún tipo de error, podrá ser asistido de forma presencial en la Oficina de VOTIVEU, situada en la calle Garelli i Pastor, primera planta en horario de 09:00 – 14:00 horas de lunes a viernes.

También podrá contactar con los medios de comunicación oficiales establecidos en el anexo I.

Por lo que respecta al proceso de votación, una vez iniciado el mismo cada persona podrá seleccionar hasta un máximo de 4 opciones en función de donde esté empadronado (ver artículo 7) . La ciudadanía solo podrá votar en la zona donde esté fijado su lugar de residencia que indique el padrón municipal.

En el supuesto en el que confluya un caso de empate de propuestas, será la Concejalía de Transparencia, Gobierno Abierto y Participación Ciudadana junto con los departamentos de obras, servicios públicos y contratación la que, atendiendo a criterios de interés general, establezca la priorización de la ejecución.

Para la votación de las propuestas se podrá votar únicamente por el medio electrónico oficial a través de este enlace:

http://www.ribarroja.es/

El participante tan solo deberá de introducir su DNI para ejercer el derecho al voto.

Artículo 6. División territorial y asignación económica.

La cantidad de 560.000,00 € destinada a los presupuestos participativos para el periodo bianual 2023 – 2024, será repartida entre el casco urbano, partidas y diseminados y por el resto de las urbanizaciones, de la forma mas justa, atendiendo a criterios poblacionales, necesidades sociales, solidaridad territorial entre otras… siendo aproximadamente las siguientes cuantías.

CASCO URBANO: Se seleccionarán un total de 4 opciones.
  • Casco Urbano. 170.000,00 €
URBANIZACIONES NORTE: Se seleccionarán un total de 4 opciones, una por zona.
  • Gallipont (Santa Mónica) – El Molinet. 40.000.00 €.
  • MonteAlcedo – Parque Montealcedo. 40.000.00 €.
  • Santa Rosa – Clot de Navarrete. 40.000.00 €.
  • Entrenaranjos. 40.000.00 €.
URBANIZACIONES ESTE: Se seleccionarán un total de 3 opciones, una por zona.
  • Masía de Traver. 40.000,00 €
  • Valencia la Vella. 40.000,00 €
  • Els Pous de Martí. 40.000,00 €
URBANIZACIONES SUR: Se seleccionará una solo opción.
  • Reva – Oliveral. 40.000,00 €
PARTIDAS Y DISEMINADOS: Se seleccionará dos opciones.
  • Llobatera – Carrasquereta – Pou d`Escoto – Carasols – Canya de l’Anguila – Collao. 70.000,00 €
TOTAL EN ACTUACIONES 2023 – 2024 APROXIMADAS 560.000,00 €

En el supuesto que la elección del proyecto a realizar resultara un sobrante económico, este se destinará a la segunda opción mas votada de la zona hasta agotar crédito. En caso de tener que implementar crédito para la siguiente opción, éste estará condicionado a las posibilidades presupuestarias del momento.

Artículo 7. ¿Qué es una propuesta de proyecto de inversión o de mejora urbana?

Las inversiones son todo aquello que el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria puede construir o adquirir y que es perdurable en el tiempo, es decir que su duración prevista es superior a un año. Las inversiones hacen referencia a todos los bienes inventariables de los cuales el Ayuntamiento puede disponer en equipamientos, infraestructuras o espacios públicos. Las propuestas de proyectos de inversión han de dirigirse a cubrir objetivos de mejora del casco urbano, las urbanizaciones y las partidas y diseminados, tanto por intervenciones de nueva ejecución o mejoras urbanas en los mismos que requieran una intervención por parte de este proceso. Por lo que las inversiones pueden ser “obras o actuaciones”, tanto nuevas, como de rehabilitación de las que ya hay (por ejemplo, la construcción de un jardín o la mejora de calles) además de “adquisiciones permanentes” del Ayuntamiento, que contribuyan a materializar los ODS de la Agenda 2030.

Se consideran proyectos de inversión o de mejoras urbanas objeto del proceso de presupuestos participativos, ejemplos como los siguientes:

  • Rehabilitación, reforma, ampliación, adecuación, mejora o dotación tecnológica o de mobiliario de equipamientos o infraestructuras públicas existentes. Ejemplo: dotaciones para bibliotecas, rehabilitación de edificios municipales.
  • Construcción de equipamientos o infraestructuras de dimensiones reducidas. Ejemplo: pistas deportivas de pádel, baloncesto, espacios de calistenia, zonas ajardinadas.
  • Reurbanización y mejora de espacios públicos. Ejemplo: calles, plazas, parques y zonas verdes, áreas de socialización de perros (zonas GUAU).
  • Infraestructuras y mobiliario urbano. Ejemplo: todo tipo de mobiliario urbano (bancos, fuentes, papeleras), árboles y jardineras, alumbrado, carriles bici, áreas de juego infantil en espacios públicos y de naturaleza similar.

Las inversiones no son actividades como programas culturales o fiestas ni servicios como podría ser la petición de más servicio de limpieza o personal para Servicios Sociales, ni tampoco subvenciones.

No son inversiones, ni proyectos de inversiones objeto del proceso de presupuestos participativos:

  • Intervenciones sobre solares no municipales.
  • Desarrollo de programas o proyectos como cursos, actividades culturales o de ocio, campañas de sensibilización, acontecimientos deportivos, etcétera.
  • Adquisición de material no inventariable como material escolar o suministros como energía eléctrica.
  • Realización de estudios o investigaciones.
  • Contratación de personal del Ayuntamiento.
  • Contratación externa de empresas o autónomos para realizar servicios.
  • Becas, premios, convenios, subvenciones o ayudas a familias, instituciones sin ánimo de lucro, fundaciones, empresas privadas.
  • Alquiler de equipamientos e infraestructuras como edificios, vehículos, mobiliario, maquinaria.
  • Gastos corrientes.
  • Mantenimiento, conservación o limpieza de edificios, parques, vehículos, mobiliario.
  • Ampliación del horario del servicio de autobuses o la modificación de rutas.
  • Intervención en la red de Metro.
  • Infraestructuras de carreteras de acceso a Riba-roja de Túria, tanto al casco urbano, urbanizaciones y partidas y diseminados y de ferrocarril.
  • Todas aquellas incidencias urbanas de desperfectos se resolverán realizando una instancia o por la app riba-roja info como puedan ser: roturas, desgastes etc.. del mobiliario urbano o de parques y jardines. Este tipo de propuestas no son objeto de este proceso.
  • Otros (este ítem siempre será motivado).
Artículo 8. Sobre los participantes en el proceso:

Podrán participar en el proceso de Presupuestos Participativos todas las personas empadronadas en el municipio de Riba-roja de Túria, mayores de 16 años a fecha de 1 de septiembre del 2022.
Todo el que cumpla con estas características podrá realizar propuestas y ejercer su derecho al voto, identificándose previamente, mediante sistemas electrónicos a través del siguiente enlace: www.participa.ribarroja.es

Las personas proponentes SOLO podrán VOTAR en la zona donde estén empadronados del pueblo (casco urbano, urbanizaciones o partidas y diseminados). Por tanto, solo podrán implicarse en aquel donde están empadronadas. Solo en la fase de recepción de propuestas (fase 1) podrán proponer en los lugares donde trabajan, donde viven personas familiares o donde acuden sus hijas e hijos a la escuela, entre otros supuestos.

Artículo 9. Compromiso del equipo de Gobierno Municipal.

El equipo de Gobierno Municipal, que ha tomado la decisión de aprobar que una parte del presupuesto municipal sea ejecutada de forma consultiva con la ciudadanía, se compromete a llevar a cabo la ejecución de dicho gasto teniendo en cuenta los resultados de los presentes presupuestos participativos, siempre que se atienda a los criterios técnicos de viabilidad de los proyectos y los límites económicos establecidos.

Artículo 10. Seguimiento y ejecución de las propuestas.

Una vez terminado el proceso de votación, y la posterior presentación de las propuestas elegidas, se constituirá un comité de seguimiento, el cual estará encargado de controlar el seguimiento y ejecución de las propuestas ganadoras de las fase 3. Las personas que formarán parte de este comité serán los departamentos de Transparencia, Gobierno Abierto y Participación ciudadana, Obras, Parques, jardines, Contratación y Hacienda y todas aquellas áreas implicadas en la ejecución del proceso.

El Ayuntamiento publicará en la web abajo indicada el avance de la ejecución de las opciones elegidas, objeto de las presentes bases.

Artículo 11. En ausencia de norma no recogida en estas bases.

Se faculta a la Concejalía de Transparencia, Gobierno Abierto y Participación ciudadana, la toma de las decisiones oportunas, de aquellas cuestiones que no estén recogidas en las presentes bases reguladoras.

Anexo I. Redes Sociales Oficiales del proceso de consulta y participación: